Es el segundo fallo que en Chile prohíbe discursos homofóbicos. La youtuber se había instalado en el frontis del Movilh para gritar que sus dirigentes son pedófilos y transmiten enfermedades. Solo porque luchan por la derogación del artículo 365 del Código Penal. Sus declaraciones en video las subió a Youtube.

02.03.2022
Por Movilh

La Tercera Sala Corte de Apelaciones de Santiago ordenó por 2 votos contra 1 al canal de YouTube “Pluma Blanca Pacifista por Chile” que baje un video. Donde insulta e injuria a los/as activistas del Movimiento de Integración y Liberación (Movilh). Esto por impulsar la derogación del artículo 365 del Código Penal. El cual establece  una edad de consentimiento sexual para jóvenes solo en razón de su orientación sexual.

El recurso de protección, presentado por Mónica Arias, jurista colaboradora del Movilh, fue acogido con los votos de Juan Cristóbal Mera Muñoz, presidente de la Corte de Apelaciones y  de Paola Herrera Fuenzalida, abogada integrante. En tanto, la ministra suplente, Andrea Diaz-Muñoz Bagolini, se manifestó en contra.

Javiera Zúñiga, vocera del Movilh, sostuvo que “valoramos este recurso. Pues viene a decir que ninguna persona puede ser insultada, injuriada u humillada. Por su orientación sexual o identidad de género y/o porque lucha contra la homo/transfobia. Este es el segundo fallo que en Chile establece que la  libertad de expresión tiene como límite los discursos de odio. El primero, lo ganamos en 2015 al autodenominado “pastor” Javier Soto”.

El fallo y el video

La sentencia estableció que “la libertad de expresión no tiene un carácter absoluto. Así se ha señalado desde antiguo: nunca este derecho puede amparar la injuria o el insulto. El Nº 12o del artículo nº 19 de la Constitución Política de la República ya citado, señala que la libertad de toda persona de emitir opinión. Lo es “sin perjuicio de responder de los delitos y abusos que se cometan en el ejercicio de estas libertades…”. El ordenamiento jurídico, entonces, no protege un pretendido derecho a insultar y la libertad de expresión no puede ser absoluta. Sino que debe debilitarse y atemperarse si ésta tiene el efecto de dañar la reputación de otra persona. En consecuencia, la recurrida no puede publicar en YouTube un video insultante e injurioso. Como lo fue el que esta Corte tuvo la oportunidad de ver y analizar. Bajo el escudo de la libertad de expresión.”

En concreto, con el video “se da por vulnerado el derecho a la honra del n° 4° del artículo 19 de la Carta Fundamental. Dicha norma señala que la Constitución asegura a todas las personas “el respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia. Asimismo, la protección de sus datos personales. El tratamiento y protección de estos datos se efectuará en la forma y condiciones que determine la ley”, apunta la sentencia.

Afectación a la honra

El fallo puntualiza que asiste  “todo el derecho a oponerse a la derogación del artículo 365 del Código Penal. Y de publicar  opiniones sobre el tema. Mas no puede, a través de un medio como YouTube, proferir expresiones que claramente afectan la honra de los dirigentes e integrantes del Movilh, en cuanto personas naturales. Pues, entonces, su actuar se torna en un mero insulto, que la judicatura no debe ni puede tolerar. Toda vez que con tal doctrina se institucionaliza una suerte de derecho a la injuria que el ordenamiento jurídico no contempla y no lo puede contemplar.

Dichos de la youtuber

En el video la youtuber Natalia Nils Valderrama Céspedes señala que “el Movilh no es de homosexuales, es de pedófilos. No es una sede de homosexuales, ni representa a la comunidad homosexual. Se lo dice una lesbiana que está hablando. Esta sede protege pedófilos que hace tiempo se asociaron con una organización internacional que pretende legalizar la pedofilia cuestión que se va debatir mañana en el Congreso de Chile”, dijo la homofóbica.

Añadió que “se va a rebajar la edad de consentimiento sexual con la intervención de esta falsa organización, de homosexuales pedófilos, que hace años llevan transmitiendo las enfermedades de transmisión sexual. Andan pidiendo y velando porque la pedofilia se difunda a través de sus representantes como el señor Jiménez. Quien ha sido acusado abiertamente de pedofilia”

“Pero la justicia chilena aquí no existe. Porque está totalmente coludida, porque la pedofilia es un hecho. Políticos y empresarios, tanto de izquierda como de derecha, están levantando a bestias como Baradit que publican tuit abiertamente pedófilos. Donde tenemos a Natalia Valdebenito sacando fotos con pedófilos”, dijo.

Sentencia aquí: https://www.movilh.cl/wp-content/uploads/2022/03/Sentencia-contra-discursos-homofobicos.pdf