Desde la entrada en vigencia de la Ley de Identidad de Género, el 27 de diciembre de 2019, se han presentado 33 solicitudes en los juzgados de familia, a nivel nacional, dictándose sentencias en ocho: dos en el Segundo y Cuarto Juzgado de Familia de Santiago, respectivamente; uno en el Juzgado de Familia de Colina, a las que se suma la resolución de Tomé y las dictadas, posteriormente, en Viña del Mar y Ancud.

La primera sentencia a nivel nacional se dictó en Santiago en el Segundo Juzgado de Familia, mientras que en regiones la primera sentencia se dictó en el Juzgado de Tomé.

La magistrada Macarena Rebolledo, quien dictó la primera sentencia, indicó que “no hay razones desde los antecedentes normativos y científicos para desconocer el derecho a la identidad de género de niños, niñas y adolescentes”.

“Ellos y ellas no solo son titulares del derecho a la identidad de género, sino que pueden y deben ejercer su derecho a la identidad de género sin más limitaciones que las que imponen sus propios desarrollo y autonomía progresivas en su trayectoria de vida, siendo un imperativo para el Estado y sus poderes, así como para cada padre, madre o adulto responsable, velar por el interés superior cumpliendo todas las garantías y salvaguardias debidas”, añadió.

Regiones

El viernes recién pasado el Juzgado de Tomé acogió la primera solicitud de rectificación de nombre y sexo registral fuera de Santiago y ordenó al Registro Civil e Identificación rectificar nombre y sexo registral del adolescente solicitante.

En el fallo, la magistrada Paula Mella Fierro acogió la petición, tras valorar la manifestación de voluntad de la adolescente, en orden a adecuar los registros oficiales a su identidad de género; los informes sicológicos y educacionales y, especialmente, el derecho de autonomía progresiva, el derecho a la identidad y el interés superior de la joven.

“Que los elementos probatorios de la causa, se refieren al informe psicológico del adolescente, emitido por psicóloga de un dispositivo de salud de la comuna, quien informó de la historia vital del adolescente que hacían plausible la petición, como además, informe educacional del adolescente, en el que se desprendía la disposición por parte de su comunidad educativa en orden a que el adolescente fuese tratado e individualizado conforme a su identidad de género”, sostiene el fallo.

Desde la entrada en vigencia de la Ley de Identidad de Género, el 27 de diciembre de 2019, se han presentado 33 solicitudes en los juzgados de familia, a nivel nacional, dictándose sentencias en ocho: dos en el Segundo y Cuarto Juzgado de Familia de Santiago, respectivamente; uno en el Juzgado de Familia de Colina, a las que se suma la resolución de Tomé y las dictadas, posteriormente, en Viña del Mar y Ancud.