“Una vez de haber terminado la presentación del alcalde de Puerto Varas, quedo sumamente preocupado por su estado de salud debido a que él no pudo dar respuesta a la gran mayoría de las preguntas, diciendo no recordar si él había firmado algún decreto, si él había adjudicado algún proyecto, alguna licitación y que en general todo era responsabilidad de su equipo administrativo, de su equipo de comunicaciones y de su equipo legal” dijo el concejal RN Renato Aichele.

El pasado jueves 5 de marzo el Tribunal Electoral Regional (TER) dio inicio a la etapa de pruebas del proceso por notable abandono de deberes contra el alcalde de Puerto Varas Ramón Bahamonde, acusación que fue presentada el pasado 29 de agosto por los concejales Renato Aichele, Javier Aburto, Luis Becerra, Marcelo Salazar y Patricio Cortés y que fue declarada admisible por el TER el 4 de septiembre de 2019.

La acusación contra el alcalde Bahamonde se basa en 8 cargos y está en manos del abogado Marcelo Brunet. Entre los cargos se encuentra el otorgamiento de comodato de bien nacional de uso público sin acuerdo del Concejo Municipal, lo que habría ocasionado perjuicio económico a la municipalidad.

“El día de hoy -10 de marzo 2020- en la audiencia correspondiente al juicio electoral que llevamos en contra del alcalde Bahamonde por notable abandono de deberes correspondió a dos situaciones. La primera un testigo que quedaba por declarar, la directora de educación municipal, y la última instancia que correspondía era la situación del alcalde para efecto que declarara sobre puntos que específicamente correspondían a hechos de responsabilidad propia” explicó Marcelo Brunet el abogado patrocinante en la causa contra el alcalde Ramón Bahamonde.

El abogado sobre su impresión en términos generales dijo “el Tribunal desarrolló una muy buena prueba. Tengo la sensación de que esta jornada de hoy fue particularmente aclaradora, en el sentido que el alcalde no conocía correctamente cuál es la marcha de la municipalidad, que en oportunidades deslinda hechos propios en administraciones anteriores. Y también desde un punto de vista práctico el alcalde desafortunadamente trataba de dar respuestas imprecisas en forma tal que no respondía derechamente a lo que se le consultaba”.

Así mismo Brunet agregó “los pasos siguientes consisten en que rendida la prueba y esperando que lleguen los últimos oficios esta parte tiene que solicitarle al tribunal que se oigan alegatos respecto de la causa, lo que significará que concurriremos al Tribunal de Puerto Montt a efecto de poder dar a conocer nuestro punto de vista respecto de las pruebas por una parte y también respecto de los hechos que han acontecido en esta causa. Y esperar después que el Tribunal dicte sentencia y nosotros estimamos que debe ser condenatoria en contra del alcalde tanto en término de su destitución o su suspensión en el cargo durante un período determinado”.

Por su parte el concejal RN Renato Aichele comentó “una vez de haber terminado la presentación del alcalde de Puerto Varas, quedo sumamente preocupado por su estado de salud debido a que él no pudo dar respuesta a la gran mayoría de las preguntas, diciendo no recordar si él había firmado algún decreto, si él había adjudicado algún proyecto, alguna licitación y que en general todo era responsabilidad de su equipo administrativo, de su equipo de comunicaciones y de su equipo legal”.

“Creo que como concejales y ciudadanos de Puerto Varas no es lo que esperamos de una persona que lidera la municipalidad y la comunidad, porque debería por lo menos hacerse responsable y saber lo que está sucediendo y las cosas que él autoriza como responsable y líder de la Municipalidad de Puerto Varas” agregó Aichele.

Resumen de los cargos contra el alcalde de Puerto Varas

  1. El alcalde de Puerto Varas Ramón Bahamonde habría otorgado un comodato a la empresa constructora e inmobiliaria GPR de bien nacional y de uso público sin aprobación del Concejo Municipal y de manera que los concejales estiman ilegal. Esto debido a que el alcalde le habría cobrado aproximadamente 3 millones de pesos en lugar de los 77 millones que correspondía de acuerdo a la ordenanza municipal.
  2. Los concejales acusan que se fragmentaron contrataciones evitando el pronunciamiento del Concejo, infringiendo la normativa para las contrataciones públicas y atentando gravemente al principio de probidad administrativa. Esto en un “convenio de suministros de servicios de difusión de prensa y promoción radial con cobertura urbana”.
  3. Ramón Bahamonde habría privilegiado el interés particular por sobre el general en la causa civil de indemnización de perjuicios en la que la municipalidad de Puerto Varas es demandante y el alcalde de la misma es el demandado, atentando gravemente al principio de probidad administrativa. La municipalidad debió asumir, durante la gestión del ex alcalde Berger el pago de reajustes e intereses por la suma de 356.930.828 pesos, derivados de lo que habría sido el incumplimiento de Bahamonde de entregar en tiempo y forma al Fondo Común Municipal el 62,5% de los recaudado en los permisos de circulación de marzo de 2008 y marzo de 2009.
  4. El alcalde habría revocado permisos de construcción de competencia exclusiva del director de Obras Municipales, acompañando un informe de asesor urbanista municipal a la Superintendencia de Casinos y Juegos, que debía ser realizado por el director de Obras Municipales, por ser de su competencia exclusiva. Transgrediendo así Ramón Bahamonde de manera inexcusable y manifiesta sus obligaciones.
  5. El alcalde de Puerto Varas habría adquirido el vehículo municipal sin contar con disponibilidad presupuestaria, infringiendo el principio de legalidad del gasto y con ello gravemente sus obligaciones. El Decreto Alcaldicio N° 25 de fecha 06 de enero de 2017, se adjudica la licitación, lo que genera la respectiva Orden de compra del ya famoso vehículo, sin contar con disponibilidad presupuestaria.
  6. Habría cometido ilegalidades en el Colegio Mirador del Lago, establecimiento dependiente del DAEM de la Municipalidad de Puerto Varas, que se habrían materializado en la existencia de eventuales filtraciones de aguas lluvias en la techumbre producto de supuestas irregularidades en la ejecución del proyecto “Habilitación Sala Prebásica Colegio Mirador del Lago” adjudicado por el municipio en el año 2015, como asimismo la falta de implementos necesarios en el aludido establecimiento.
  7. Habría cometido irregularidades en la adjudicación y posterior ejecución del proyecto “Extensión Red de Agua Potable sector Metrequen la Poza”. La Contraloría Regional representó todos estos aspectos en Dictámen 1617 de 2019 señalando que el alcalde no ha dado cumplimiento cabal a la construcción de la obra ni tampoco al cumplimiento estricto de las bases, por lo que incurre a este respecto en falta grave a la probidad administrativa porque el inspector designado para fiscalizar la obra, no lo hace. El proyecto se ejecuta fuera de toda norma, establecida por la Dirección de Obras Hidráulicas (DOM).
  8. Habría cometido ilegalidades en el uso de los recursos de la Subvención Escolar Preferencial, SEP, entregador por el Ministerio de Educación por parte de la Dirección de Educación Municipal, contrariando las disposiciones establecidas en la ley N° 20.248.

Contraloría General de la República mediante Informe N° 1.014/2017 de 29 de junio de 2018 representó 22 puntos pendientes en la aplicación de la LEY SEP en el período 2016. El alcalde tuvo 60 días hábiles para reparar los 22 puntos no aclarados. No habría cumplido o lo hizo en forma improcedente. Dijo a Cooperativa que el problema era “El mayor desorden en la historia educacional municipal de Puerto Varas ocurrió en el período anterior”.”