La solicitud que recibió el Tercer Tribunal ambiental fue dejar sin efecto la declaración de humedal urbano de Quebrada Gramado de Puerto Varas. Ese fue el requerimiento de la Inmobiliaria e Inversiones Puerto Octay. La mañana del martes 31 de mayo se realizó la audiencia en el Tercer Tribunal Ambiental. La causa tiene como reclamante a la inmobiliaria y como contraparte al Fisco y el Ministerio del Medio Ambiente.

 31.05.2022
Por Francisca Vargas

El Ministerio de Medio Ambiente declaró humedal urbano el territorio llamado Quebrada Gramado de la comuna de Puerto Varas, el 27 de octubre de 2021. Este tiene una superficie de 2,65 hectáreas y está compuesto por dos polígonos. A unos 400 metros de estos se ubica el predio de la Inmobiliaria e Inversiones Puerto Octay S.A. La empresa solicitó al Tercer Tribunal Ambiental que se deje sin efecto la declaratoria o que se disponga su modificación o reemplazo.

Uno de los argumentos del reclamante es que la declaratoria se habría fundado única y exclusivamente en la revisión de imágenes del sistema digital de información geográfica obtenidas por un drone en terrero. A juicio de la empresa, cuyo análisis basado únicamente en estos sería insuficiente, y daría cuenta de un actuar infundado e irracional de la autoridad. El estudio del Ministerio de Medio Ambiente, a través de un informe técnico. Ellos creen que sería deficiente y no representa un estudio especialmente acabado y responsable.

En la audiencia realizada la mañana del martes 31 de mayo, Jorge Cash, abogado de la Inmobiliaria e Inversiones Puerto Octay, dijo que “la ficha técnica de la solicitud municipal, donde se contienen los fundamentos técnicos que dan origen e impulsan el procedimiento administrativo consignado en el folio 2-23, si bien contiene formalmente los requisitos del artículo octavo del reglamento, no justifica de forma alguna el polígono propuesto. Se limita a entregar las coordenadas UTM del mismo. Sin que se conozcan las metodologías o criterios utilizados para su determinación”.

Ficha técnica Quebrada Gramado

El abogado planteó que esa es la única referencia metodológica que tiene la ficha técnica. Además, expuso que la ficha original que nació del órgano competente, es decir, la Municipalidad de Puerto Varas no tiene fundamentación técnica en su expediente.

Según la “Ficha Análisis Técnico”, el Ministerio de Medio Ambiente concluyó que el polígono presentado por la municipalidad corresponde a humedal urbano cumpliendo con el criterio relativo a la presencia de un régimen hidrológico de saturación ya sea permanente o temporal que genera condiciones de inundación periódica. Para verificar información contenida en el expediente administrativo se habría realizado un análisis multitemporal de imágenes satelitales y una actividad en terreno de levantamiento de imágenes dron. La que fue realizada por funcionarios de la municipalidad.

Quebradas urbanas

Anais Barahona, abogada en representación del Comité Ambiental Comunal, dijo que “me gustaría destacar la confluencia de argumentos y la cooperación que se dio entre el Consejo de Defensa del Estado, el municipio y el Comité Ambiental Comunal. Es la primera vez que una agrupación comunitaria participa de una reclamación de defensa de la declaratoria de un humedal y es bien simbólico que eso se haya podido realizar y que se hayan complementado todos los argumentos. Desde el punto de vista del CAC, al menos, la argumentación tenía que ver con la importancia de preservar ecosistemas de humedales en Puerto Varas, por los servicios ecosistémicos que proveen a la comunidad”.

“Ya terminó la tramitación de esta reclamación. Por lo tanto, las partes no pueden ingresar nuevos antecedentes ni nada. El Tribunal ahora tiene que decir si es que cuenta con todos los antecedentes necesarios para resolver, o puede, por ejemplo, decretar una inspección personal del Tribunal, lo que significaría que se constituirían los ministros más sus técnicos y también las partes. Un poco lo que pasó en la Marina Sur. Eso es lo que podría pasar, o si no, simplemente tenemos que esperar cuál es el fallo y qué es lo que decide el Tribunal”, explicó Anais Barahona.

Las quebradas y humedales sirven como áreas verdes. Ayudan a la salud mental y física, además de renovar el aire. Los humedales urbanos son corredores verdes donde transita flora, fauna y nutrientes.

Rol ecosistémico

Joaquín Aguirre, integrante del Comité Ambiental Comunal y experto en gestión integral del agua y el territorio, expuso que “es importante la declaratoria por que las quebradas urbanas son claves para la comunidad. Cumplen un rol funcional de evacuación de aguas lluvias, de mejora de la calidad de agua que llega al lago. Facilitan la infiltración a napas subterráneas de donde sacamos el agua que consumimos. Cosa que no ocurre de manera entubada, ni rellenada. Albergan gran diversidad de flora y fauna urbana. Relevante para la fijación de carbono permitiendo paliar el calentamiento global y los problemas de contaminación del aire. Son áreas verdes que cumplen otros numerosos servicios, como refugio, corredor verde, aulas vivas. Ayudan a contrarrestar la contaminación del aire y del agua del lago”.

En la audiencia participó el Tribunal Ambiental en pleno, el Consejo de Defensa del Estado en representación del Ministerio del Medio Ambiente, la Inmobiliaria, la Municipalidad de Puerto Varas, el Comité Ambiental Comunal de Puerto Varas. Todas las partes hicieron sus alegados.