La empresa Inversiones F.K Limitada en diciembre 2021 solicitó al Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia que deje sin efecto la Resolución Exenta N°830, que declaró al Humedal Urbano La Marina Norte de Puerto Varas. Esta fue solicitada en primera instancia por la comunidad al Ministerio de Medio Ambiente y hoy una empresa privada busca que se derogue por fines comerciales. El humedal es un área protegida por lo que cualquier proyecto que se pretenda realizar allí debe presentarse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

20.01.2022
Por Constanza Hitschfeld y
Francisca Vargas

El humedal Urbano La Marina Norte de Puerto Varas fue el primero de la cuenca del lago Llanquihue en ser declarado (Lista de humedales urbanos declarados). El Ministerio del Medio Ambiente el 9 de agosto de 2021 emitió la Resolución Exenta N° 830 que reconoce oficialmente su existencia como Humedal Urbano. La Municipalidad de Puerto Varas ingresó a trámite la declaratoria en febrero de 2021, la que fue publicada en el Diario Oficial el 13 de septiembre de 2021.

Joaquín Aguirre, ingeniero ambiental y asesor en gestión integral del agua y el territorio, explicó que “este ecosistema de borde lago es clave para la depuración del agua de la bahía. Para mejorar la calidad del aire de la ciudad y para la lucha contra el calentamiento global del planeta debido a que captura carbono atmosférico”.

“El humedal La Marina Norte ya se encuentra declarado como Humedal Urbano y por consiguiente estarían resguardados todos los servicios que ofrece a la comunidad. Sin embargo, nos enteramos por las redes sociales que habría un privado que solicitó la nulidad de la declaratoria, cosa preocupante porque es un proceso transparente en el que participó la comunidad de Puerto Varas junto al municipio y al Ministerio de Medio Ambiente (MMA)”, agregó Joaquín Aguirre.

La empresa Inversiones F.K Limitada solicitó, en diciembre de 2021, dejar sin efecto la resolución, alegando supuestas ilegalidades del procedimiento, lo que fue descartado por el Ministerio del Medio Ambiente a través del Consejo de Defensa del Estado. El empresario reclamante posee un terreno dentro o en las cercanías del humedal y en su alegato expuso que no fue notificado sobre la admisibilidad de la solicitud ni la resolución del Tercer Tribunal Ambiental.

Raffaele Di Biase, cofundador de Birds Chile y encargado de la comisión de biodiversidad del Comité Ambiental Comunal (CAC) de Puerto Varas, afirmó que “tenemos que tener consciencia como comunidad, como colectivo que habita este territorio, que en los últimos años se ha perdido una gran cantidad, inmensa, de quebradas y humedales en nuestra comuna. Eso conlleva distintos impactos. Claramente hay un impacto a la calidad de vida de los residentes al no tener la disponibilidad que se tenía antes de espacios de ecosistemas, como son los ecosistemas de humedales”.

“Como ONG, donde todos nuestros esfuerzos van hacia la protección y a la conservación de los humedales Urbanos, nos parece muy grave que se pongan intereses económicos personales por sobre el bien estar del medioambiente, sobre todo dentro del contexto de una crisis climática e hídrica enorme. Siendo estos e ecosistemas de agua claves en la batalla contra el calentamiento global y la sequía. Por decirlo de una forma suave es “ atemporal “ tratar de dejar su declaración de humedal urbano sin validez”, comentó Elisa Luco, directora de ONG el Respiro.

Humedal La Marina Sur

Por otro lado, Alejandro Vyhmeister el 19 de agosto de 2021 envió una carta a Klaus Kosiel, seremi de Medio Ambiente, respecto de la declaración de humedal urbano del Humedal La Marina Sur. En la misiva argumentó que su representado es titular de derechos que podrían verse afectados por el procedimiento de declarar como Humedal Urbano en lugar. Argumentó que la ficha técnica que acompañó la Municipalidad de Puerto Varas no entregó las justificaciones adecuadas para señalar por qué un terreno que “no contiene vegetación hidrófita, suelos saturados ni régimen hidrológico de saturación debería ser declarado Humedal Urbano”. Revise el documento completo AQUÍ