Este jueves 23 de enero se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile la Ley que Modifica Diversos Cuerpos Legales con el Objetivo de Proteger los Humedales Urbanos declarados por el Ministerio del Medio Ambiente.

Los humedales urbanos son aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de agua o, sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros y que se encuentren total o parcialmente dentro del límite urbano.

El objetivo de la ley es resguardar las características ecológicas y el funcionamiento de los humedales, para mantener el régimen hidrológico, tanto superficial como subterráneo.

Las municipalidades tienen un nuevo rol, ya que deberán establecer en una ordenanza general los criterios para la protección, conservación y preservación de los humedales ubicados dentro de los límites de su comuna, para lo que utilizarán los lineamientos establecidos en este nuevo reglamento.

La ley también dice que la presentación de la petición de reconocimiento de la calidad del humedal urbano y hasta el pronunciamiento del Ministerio del Medio Ambiente, la municipalidad respectiva podrá postergar la entrega de permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones en los terrenos que se encuentren emplazados, según lo establecido en el artículo 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.