La largamente esperada noticia ha llegado con la aprobación de una ordenanza municipal que marca un hito en el manejo del Parque Nacional Vicente Pérez Rosales. Esta medida se traducirá en la regulación de los ingresos de los visitantes y de los vehículos que acceden al volcán Osorno, situado en este icónico parque nacional chileno.
29.08.23
Por Andrés Abalos
La municipalidad de Puerto Varas despachó una ordenanza que habilita a la Corporación Nacional Forestal (CONAF) para supervisar y restringir los accesos al parque nacional Vicente Pérez Rosales, tarea que recae especialmente en los guardaparques, determinando si las condiciones meteorológicas y de seguridad son óptimas para el ingreso. Un punto relevante es que el Parque Nacional Vicente Pérez Rosales ostenta el título de ser el área protegida más visitada de Chile, recibiendo anualmente a más de 700,000 personas. En sus 253,780 hectáreas destacan dos destinos icónicos: los Saltos de Petrohué y el volcán Osorno.
La nueva normativa aborda diversos aspectos, incluyendo la regulación de los ingresos al parque y de los automovilistas que ascienden al volcán Osorno. En adelante, el acceso de peatones y vehículos al interior del parque se llevará a cabo exclusivamente a través de la ruta internacional CH 225, el volcán Osorno y la ruta U 99 V Ensenada-Puerto Octay, o por otros puntos de ingreso habilitados por CONAF. Esto concede a la corporación la facultad de controlar la entrada según lo establecido en la Ordenanza municipal.
Volcán Osorno
El volcán Osorno, uno de los destinos turísticos más concurridos del parque, también se ve afectado por la nueva ordenanza. Esta hace hincapié en que CONAF, en colaboración con otras instituciones, tendrá la potestad de regular y limitar el acceso vehicular al volcán según las condiciones climáticas y de seguridad vial. Esto podría conllevar la instauración de un área de control vehicular en la ruta V-555, donde se llevarán a cabo fiscalizaciones por parte de personal de CONAF, Carabineros de Chile, inspectores municipales y de la Seremía de Transportes, con el objetivo de asegurar que los vehículos ingresantes cumplan con los requisitos de seguridad y estabilidad, y que se ajusten a las normativas establecidas por la Ordenanza o por otras leyes y regulaciones pertinentes.
En época invernal, se establece que el ascenso vehicular al volcán Osorno deberá preferentemente realizarse con vehículos de doble tracción y siempre portando cadenas para nieve. Los vehículos de tracción simple deberán llevar y utilizar cadenas de forma obligatoria. Además, se limita el acceso a la ruta V-555 a autobuses, camiones y otros vehículos que no cumplan con el ordenamiento jurídico vigente y con las instrucciones emitidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, de acuerdo con las facultades otorgadas por el artículo 113 de la Ley Nº 18.290.
Nuevas regulaciones
El Director Regional de CONAF Los Lagos, Miguel Leiva Faúndez, considera esta ordenanza como “una muy buena noticia” para CONAF, destacando su capacidad para regular el tráfico en el Parque Nacional Vicente Pérez Rosales, en particular en las ascensiones al volcán Osorno y en la ruta CH 225. Esto permitirá una mejor gestión de la experiencia de los visitantes en este importante parque nacional.
En relación al lago Todos Los Santos, la normativa establece que solo se permitirá la navegación de embarcaciones autorizadas por CONAF. Si se trata de embarcaciones destinadas a servicios turísticos, se requerirá un convenio específico con CONAF, en conformidad con la normativa marítima y lacustre vigente. Esto no exime de los requisitos de registro exigidos. Las navegaciones autorizadas deberán llevarse a cabo según las “Normas Básicas para Usuario del Lago Todos Los Santos”, aprobadas por la Resolución Nº 177 de 1995 de la Dirección Regional de CONAF, que forma parte integral de la presente ordenanza.