La violencia intrafamiliar puede afectar tanto a mujeres como a hombres, pero sus consecuencias alcanzan especialmente a los hijos. Cada vez más hombres rompen el silencio y buscan ayuda, un cambio que Carmen Gloria Almendra observa desde su experiencia como abogada de Familia. Detrás de estas denuncias aparecen víctimas afectadas emocionalmente y un sistema que enfrenta dificultades para protegerlas. Violencia difícil de probar, pericias psiquiátricas que pueden tardar hasta un año y medidas cautelares que generan complejos dilemas cuando existen hijos en común. Almendra analiza las contradicciones que encuentra en los Tribunales de Familia y una realidad que obliga a preguntarse qué ocurre cuando la violencia intrafamiliar es perpetrada por el progenitor que ejerce el cuidado personal de los hijos. La abogada analiza estas dificultades desde una perspectiva que sitúa el bienestar de los niños y la protección de las víctimas en el centro.

07.09.2026
Por Constanza Hitschfeld

Carmen Gloria Almendra, abogada litigante, magíster en Derecho de Familia y especialista en intervención familiar, aborda algunas de las principales dificultades que enfrentan las víctimas de violencia intrafamiliar. Desde su experiencia en causas de alta complejidad, advierte que, aunque existen mecanismos de denuncia y protección, el sistema presenta falencias para responder oportunamente. Entre ellas, menciona la saturación del Servicio Médico Legal, donde una pericia psiquiátrica puede tardar entre ocho meses y un año, una demora especialmente grave cuando la violencia ocurre en la intimidad sin testigos, y resulta difícil de acreditar.

Las contradicciones se profundizan cuando existen hijos en común. Una medida cautelar puede proteger a la víctima del supuesto agresor, mientras los niños permanecen bajo el cuidado de la persona denunciada, generando dificultades incluso para mantener la relación directa y regular con el otro progenitor. La situación plantea una interrogante sobre cómo se evalúa el eventual riesgo para los hijos. Frente a pericias tardías, pruebas complejas y medidas cuyos efectos pueden resultar contradictorios, Almendra representa tanto a madres como a padres y procura enfrentar las falencias del sistema situando el bienestar de los niños en el centro de su ejercicio profesional.

  1. ¿Cuáles son los principales motivos de consulta?

Como trabajo 100% en derechos de familia, y es la única área del derecho en la que trabajo, obviamente todas las consultas que me llegan, o más del 99% de las consultas que me llegan son justamente de esa materia. Dentro de las materias que los Tribunales de Familia conocen, podría decirte que las que más atiendo, o las que con base a mi estadística son el mayor número, son las causas de derecho de alimento, que las pondría como en el número uno.

Cuando hablo de alimento me refiero, no solamente para regular una pensión de alimento, sino que en todas las materias que están dentro del Derecho de Alimento, que son el aumento, la rebaja de los alimentos, el cese de los alimentos, las modificaciones, digamos, de la pensión de alimento.

Las causas de cumplimiento de los alimentos, que hoy día han aumentado de manera exponencial, con la entrada en vigencia de la ley 21.484, que es la Ley de Responsabilidad Parental, que llama al pago efectivo de las pensiones de alimentos. Eso es lo que la posibilidad de cobrarse todas las deudas de las pensiones de alimentos a través de retenciones de bancos y AFP en subsidio.

  1. ¿Cuándo una situación de violencia psicológica deja de ser un hecho puntual y puede constituir maltrato habitual?

En el número dos está el régimen de la relación directa y regular – conocido como régimen de visitas-. Y casi que a la par, lo que son las causas de cuidado personal. En paralelo también las causas por vulneración de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes y la violencia intrafamiliar (VIF). Sin restarle importancia, obviamente, a cada una de las materias, pero por lo menos una estadística que te podría dar en cuanto a cantidad de personas que me consultan esas materias.

Es importante hacer una distinción cuando hablamos de violencia intrafamiliar, porque tenemos causas que se van a tramitar en los Tribunales de Familia y otras que, por ser constitutivas de delito inician o se van a Fiscalía o son remitidas por incompetencia desde el Tribunal de Familia hacia Fiscalía.

Las causas de violencia intrafamiliar que se ven en los Tribunales de Familia y que son en las que actúo normalmente como abogada litigante, son las relativas a la violencia intrafamiliar psicológica, que son de competencia del juez de familia. Cuando la violencia intrafamiliar psicológica se transforma en delito, que le llamamos maltrato habitual, implica que esta violencia psicológica es sistemática y sostenida en el tiempo.

La Ley 20.066 enfatiza en la habitualidad de la violencia. Es decir, cuando la violencia psicológica pasa de una situación puntual a ser algo usual. En las causas que conozco hablamos de violencia intrafamiliar psicológica o en ese ámbito económica, vicaria – de género contra la mujer-, que se trata en los Tribunales de Familia.

  1. ¿Qué cambios observó en las consultas por violencia intrafamiliar durante los últimos años?

En cuanto a estadísticas he notado un aumento de los padres o de los hombres que consultan. Me consultan a mí o a otros colegas y que interponen denuncias por violencia intrafamiliar. Cosa que de verdad antes era impensable. No hace tantos años atrás. Pero hoy día sí tengo muchos hombres que consultan directamente respecto de todo lo que implica la violencia psicológica, que es la violencia que se ve en sede Familia.

Atiendo a muchos padres y el aumento de hombres que consultan en el ámbito del Derecho de Familia, no solamente en cuanto a la violencia intrafamiliar, también exponencialmente ha ido aumentando. Revisando mis causas pude ver que tengo más clientes hombres que mujeres. Eso es un fenómeno que antes no se daba.

Atiendo a padres y madres. Hay gente que de repente tiene prejuicios con la abogada de familia y creen que solamente atendemos mujeres. En mi caso no es así. Respeto a las colegas que solamente atienden madres o a las que atienden solamente padres, pero en mi caso atiendo a ambos. Mi enfoque es desde el punto de vista de los hijos, por eso atiendo a padres y madres.

  1. ¿Qué ocurre con los hijos cuando existe violencia intrafamiliar ejercida por ambas partes o ambos progenitores?

Hay muchos padres hoy día consultando por causas de violencia intrafamiliar. Otros que también me buscan cuando han sido denunciados por violencia intrafamiliar por parte de las madres, y me consultan, porque existe un tipo de violencia que se llama cruzada, o sea, violencia de ambas partes. Ahí cuando son notificados de una denuncia por violencia intrafamiliar son conscientes de que ellos también han sido víctimas de violencia intrafamiliar.

  1. ¿Cómo se distingue una discusión o conflicto familiar común de una dinámica de violencia intrafamiliar?

La distinguen porque empiezan a entender y comprender el concepto de lo que implica, las circunstancias de la violencia intrafamiliar, que no es un simple conflicto familiar, no hablamos de una discusión, de una pelea. Hablamos de una situación que implica cierta posición respecto a la persona que ejerce la violencia y otra respecto a la persona que es víctima. Factores que pueden influir en que una víctima sea más propensa a sufrir ciertas situaciones. Es una dinámica, no es una simple discusión.

Definitivamente hay un aumento de los padres que consultan respecto de situaciones de violencia intrafamiliar. Me doy cuenta porque no es tan difícil notar cuando hay una afectación emocional importante. Están tremendamente afectados y eso daña, en la mayoría de los casos, también a los hijos.

  1. Los adultos son libres de tomar sus propias decisiones, pero los niños dependen del bienestar emocional de sus padres para su desarrollo. ¿Qué necesita una víctima de violencia intrafamiliar para denunciar?

Sí, es un tema que me interesa mucho y te agradezco la pregunta. En ese sentido, haciendo la distinción, me preguntas respecto de las pruebas para efectos de denunciar una situación de violencia intrafamiliar, en cualquiera de los canales que hoy día se pueden usar, que los puedo mencionar porque también me parecen importantes.

En Carabineros de Chile directamente, Comisaría Virtual, en Fiscalía cuando la situación es delictual e inclusive en los Tribunales de Familia, que también podría ser a través de un consejero técnico, ir directamente al Tribunal de Familia a través de tu abogado con una demanda. Además hoy en día tenemos la página web del Poder Judicial, donde hay una pestaña que se llama Trámite Fácil y permite poner una denuncia por violencia intrafamiliar, rellenando un formulario y el sistema crea la denuncia.

La denuncia puede ser tanto por vulneración de Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, como por violencia intrafamiliar. En cualquiera de los canales que se pueden utilizar, para los efectos de interponer una denuncia de violencia intrafamiliar (VIF), no se necesitan pruebas. En esa etapa no existe un examen del fondo de la denuncia respecto del Tribunal de Familia, Fiscalía o Tribunal de Garantía, dependiendo de a dónde llegue, según el tipo de violencia denunciada.

Hechos constitutivos de violencia intrafamiliar

Tanto papás como mamás tienen que explicar claramente cuáles son los hechos que denuncian como constitutivos de violencia intrafamiliar. Siempre les digo que consideren que la ley, cuando define la violencia intrafamiliar, habla de una palabra clave que es para mí que es el maltrato. O sea que consideren cuáles son las situaciones que le ha tocado vivir, que son maltrato y lo afectaron psicológicamente o físicamente, dependiendo del tipo de violencia.

Basta con el relato, que debe ser claro, incluir sus antecedentes y los de la persona denunciada, para que este proceso pueda seguir su curso y puedan notificar a la persona denunciada. También le van a pedir los datos de los hijos y, por ejemplo, si hace la denuncia en Carabineros le preguntarán por los testigos. Eventualmente después el juez analiza si existen hechos que constituyen violencia intrafamiliar y si esos hechos produjeron una afectación en la víctima y se puede abrir un proceso judicial en los plazos que corresponden.

  1. ¿Qué ocurre cuando se sospecha que uno de los progenitores podría presentar una patología psiquiátrica, sin tratamiento, que incide en la dinámica de sufrimiento familiar?

Hoy día es muy difícil conseguir o poder demostrarle al Tribunal que una persona tiene alguna patología del ámbito de la psiquiatría. Es difícil, no imposible. En materia de violencia intrafamiliar son muy comunes las pericias psicológicas, las pericias psiquiátricas y también las pericias biológicas, cuando hablamos por ejemplo del consumo de alcohol o drogas, que también influyen mucho en las situaciones de violencia intrafamiliar.

Sin embargo tenemos un Servicio Médico Legal absolutamente saturado y que no responde. En materia de Familia hoy día no se puede hacer una pericia psiquiátrica porque se puede demorar desde ocho meses hasta un año. ¡Imagínate! En ese tiempo la situación puede empeorar y llegar a una absolutamente mucho peor. Entonces no vamos a seguir esperando que exista una hora en el Servicio Médico Legal para hacerle una pericia psiquiátrica a una persona.

Entonces la afectación emocional de la víctima se termina probando a través de algún informe que tenga su psicólogo tratante y paremos de contar. Puedes tener informes muy importantes y con una conclusión muy potente respecto del daño que tiene la víctima. Pero, ¿cómo prueban los hechos? Muchas veces la violencia intrafamiliar sucede, y la mayoría lo hace, en el núcleo familiar donde no hay terceras personas, donde no hay testigos u otras personas que sepan y entiendan lo que está sufriendo la víctima.

  1. Como la violencia intrafamiliar suele ocurrir en la intimidad, ¿se pueden presentar comunicaciones digitales como prueba?

Sí, WhatsApp y videollamadas, cosas que antes obviamente no se veían. Hoy en día existen muchos canales, lamentablemente para la persona que es maltratadora.

Tengo un cliente al que le pusieron una medida cautelar, es decir, prohibición de acercarse y prohibición de todas las formas de comunicación. Entonces lo primero que me pregunta es, ¿cómo puedo hablar con mis hijos?, ¿cómo lo hago con el régimen de relación directa y regular si ya no me puedo acercar?, ¿cómo voy a buscar a mis hijos?

  1. Entonces, ¿qué ocurre con el régimen de visita regular, cuando una denuncia deriva en una medida cautelar que impide a uno de los padres acercarse o comunicarse con el otro?

Es super difícil porque efectivamente es así. Esto es algo en lo que soy detractora absolutamente y muchas veces no lo puedo comprender. Hay jueces especializados en violencia intrafamiliar con estándares muy altos, pero lo que no entiendo es que muchas veces sí se hace la distinción entre que tenemos a un papá o una mamá que ejerce violencia intrafamiliar, pero no les importa que se quede igualmente viviendo con los hijos.

  1. Cuando un progenitor denuncia VIF, ¿cómo evalúa el tribunal si los hijos pueden permanecer con la persona denunciada? ¿Una persona que ejerce maltrato hacia su coprogenitor no debería representar también un riesgo para sus hijos?

Para mí una persona que ejerce maltrato es un peligro para la víctima y para los hijos, pero me parece que esa apreciación que tienes y que la comparto no está generalizada en la sociedad. Para mí una persona que es maltratadora lo es con todo el mundo, no solamente en materia familiar, sino que también va a tener ciertos problemas en el trabajo o círculo de amigos.

Me pasó el otro día en una causa, una mujer denuncia a su marido por violencia intrafamiliar, con dos hijos del matrimonio, pero decide salir de la casa porque existe un conflicto y acto seguido uno o dos días aparece una denuncia por violencia intrafamiliar. Pero resulta que cuando ella decide irse toma su auto y deja a los hijos a cargo de mi representado que tiene prohibición de acercarse a ella.

Una persona que dice que un marido la está maltratando, que representa un riesgo a tal punto de pedir una medida cautelar, de prohibición de acercarse, cómo piensa en dejarle a los hijos si la persona representa un serio riesgo. Entonces ahí empiezo a dudar respecto de si efectivamente existe esa situación o hay otros conflictos.

La violencia intrafamiliar plantea desafíos que trascienden la relación entre víctima y agresor. El aumento de hombres que consultan y denuncian, las dificultades para acreditar hechos que ocurren en la intimidad, la demora de hasta un año en pericias psiquiátricas y las contradicciones que pueden surgir entre medidas cautelares y el cuidado de los hijos revelan un sistema que aún enfrenta importantes falencias.

Frente a esta complejidad, Almendra propone mirar cada causa más allá del conflicto entre los adultos y situar a los niños en el centro. Porque cuando la violencia atraviesa a una familia, proteger a las víctimas exige también preguntarse quién protege a los hijos y cómo garantizar su bienestar.

Diario Puerto Varas