La nueva ley establece un mecanismo de pago permanente para las deudas de pensiones de alimentos con cada uno de los hijos de la persona deudora. El Estado es el encargado de investigar cuentas bancarias u otros documentos financieros de quienes poseen deudas. El mecanismo está pensado para que los deudores de pensiones de alimentos paguen las cuotas adeudadas mediante la retención de fondos de los morosos. Un aspecto significativo de la medida es su énfasis en la investigación del patrimonio del deudor y que el Estado será el persecutor de la deuda, no las madres, que en su mayoría están a cargo de niños a quienes se les adeuda el pago de la pensión.

23.05.2023
Por Francisca Vargas

La ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deudas de Pensiones de Alimentos establece los mecanismos para asegurar la obligatoriedad de pago de la pensión de alimentos a quienes adeuden, al menos, una mensualidad de la pensión. La normativa busca que el pago de las obligaciones de los padres sea saldado considerando cuentas bancarias, ahorros previsionales u otros instrumentos financieros, desde el 20 de mayo de este año. 

Angélica Briones, seremi (s) de Justicia, expuso que “el Presidente de la República Gabriel Boric y la ministra Antonia Orellana, presentaron la Ley de Pensiones de Alimentos que comenzó a regir el 20 de mayo, una medida concreta que busca aliviar y mejorar la vida de miles de madres y que es un derecho de niñas, niños y adolescentes”. 

Registro Nacional de Deudores

Esta ley del pago de pensiones alimenticias trabaja en colaboración con el Registro Nacional de Deudores ya que el Tribunal debe declarar inadmisible la solicitud de rebajas o cese de pensión de alimentos cuando la persona deudora esté inscrita en este registro. Quienes tengan una inscripción vigente en el listado están inhabilitados para ser candidatos a gobernadores, consejeros regionales, alcaldes o concejales.

El Registro Nacional de Deudores es un listado electrónico que contiene a las personas que están obligadas al pago de una o varias pensiones de alimentos y que actualmente se encuentran morosas, según lo determinado por los Tribunales de Familia. Este entró en vigor en noviembre de 2022.

Apoyo a las madres

Macarena Gré, seremi de la Mujer y Equidad de Género, explicó que “las mujeres ya no estarán solas pues son los órganos del Estado, a través de Tribunales, la Comisión de Mercado Financiero, el Servicio de Impuestos Internos, que harán la investigación para conocer el patrimonio del deudor que hasta ahora lo realizaban las mujeres en soledad ejerciendo el rol de denunciantes e investigadoras. Como gobierno nos parece injusto e indigno. La idea es otorgar justicia y dignidad a las mujeres que vivían golpeando diversas puertas sin tener respuestas oportunas y ahora el Estado se va a hacer cargo”.

El Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos suma 80.074 deudores inscritos, de los cuales 2.374 son mujeres (3%) y 77.700 hombres (97%), con una deuda total que supera los 90 mil millones de pesos, en solo seis meses de funcionamiento.

“A la fecha en nuestra región tenemos 5712 solicitudes, de las cuales la mayoría son varones quienes adeudan la pensión, es un registro que genera las sanciones y ciertos pagos de ciertas formas. Sin embargo, la Ley de Responsabilidad Parental lo que hace es generar un procedimiento especial para el cobro de las pensiones de la deuda más grande. Son dos instancias que se complementan”, agregó Macarena Gré. 

Búsqueda activa de patrimonio

Las madres pueden solicitar al Tribunal, si existe al menos una mensualidad de pensión de alimentos adeudada, que ordene la búsqueda activa de patrimonio, a través de una medida de retención de fondos que el deudor tenga en cuentas bancarias, instrumentos financieros y de inversión y cuentas de ahorro previsional voluntario.

Según el último informe de la Superintendencia de Pensiones, a marzo de 2023 se solicitaron más de 634.000 liquidaciones por deudas de alimentos entre los tres retiros de fondos de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), por un desembolso total de 775 millones de dólares.

Trámite fácil

Gloria Ana Chevesich, presidente (S) de la Corte Suprema, explicó que “se va a disponer un documento que se llama Trámite Fácil para que las demandantes de pensión de alimentos puedan pedir que se inicie este procedimiento especial de búsqueda del patrimonio del deudor. La norma considera un procedimiento ordinario, en que debe existir un fallo y el deudor debe tener dinero en una cuenta, instrumento financiero o de inversión. Además, incluye un procedimiento extraordinario en que el juez de familia puede ordenar el pago con los fondos de capitalización individual AFP, cumpliendo ciertos requisitos”, expuso en la feria informativa sobre la Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensiones de Alimentos.

Retención de fondos para pago de pensiones

La persona a cargo de los niños a quienes se les adeuda el pago de la pensión tiene que solicitar la retención de los fondos de las cuentas bancarias o de otros instrumentos financieros y de inversión del deudor. En el caso de que no exista conocimiento de las cuentas bancarias u otros instrumentos financieros, se procederá a aplicar el Procedimiento Especial.

El Tribunal de Familia debe investigar el patrimonio de la persona deudora, mediante el Servicio de Impuestos Internos (SII) y la Comisión de Mercado Financiero u otro organismo que pueda entregar información. Si se encuentran fondos, se ordena a las entidades financieras que informen sobre los saldos y movimientos de las cuentas. Cuando el Tribunal notifica a la institución financiera, existe un plazo máximo de 15 días hábiles para realizar el pago.