Hasta el 21 de mayo estará disponible la publicación de la nómina de las organizaciones comunitarias habilitadas para participar de este proceso. De acuerdo al cronograma las elecciones del Consejo Comunal de la Sociedad Civil (COSOC) se llevarán a cabo el día 21 de julio.
Mediante el decreto alcaldicio N° 2181 con fecha 4 de mayo, la Municipalidad de Puerto Varas convoca a todas las organizaciones comunitarias de carácter territorial, funcional y de interés público, a postular para integrar el Consejo Comunal de la Sociedad Civil.
En ese sentido, cabe recordar que durante el año 2017, dicho proceso de instauración del COSOC fue convocado en tres oportunidades, no llevándose a cabo debido a que no se cumplió con el quorum de participación requerido. Por tanto, y siendo una de las directrices de la administración del Alcalde Ramón Bahamonde la participación ciudadana, nuevamente se llama a las organizaciones a participar de este nuevo proceso que contempla el siguiente calendario para su conformación.
Desde el lunes 7 al 21 de mayo, se encuentra disponible la publicación de la nómina de organizaciones comunitarias habilitadas para participar de este proceso. Desde el 22 al 28 de mayo, será el proceso de reclamaciones ante el Concejo Municipal, las cuales deben hacerse llegar por escrito a la Secretaria Municipal. A su vez, el 5 de junio, es la fecha de presentación y evaluación de las reclamaciones por parte del Concejo Municipal, para luego, entre el 11 y 15 de junio, se resuelvan las reclamaciones por parte del Concejo Municipal, publicándose entre el 18 y 20 de junio la nómina definitiva de las organizaciones comunitarias habilitadas para el proceso.
De acuerdo al cronograma, el 21 de junio será la apertura de registro de inscripción de candidatos, para finalmente el 21 de julio se lleven a cabo las elecciones del COSOC Puerto Varas.
Los representantes de las organizaciones que postulen para integrar el concejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil, deben cumplir los siguientes requisitos:
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Tener 18 años de edad, con excepción de los representantes de organizaciones contempladas en la Ley 19.418.
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Tener un año de afiliación a una organización al momento de la elección; Ser chileno o avecindado en el país.
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No haber sido condenado por delito que merezca pena aflictiva, acreditado a través del certificado de antecedentes
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Los postulantes deberán presentar, cédula de identidad, certificado de antecedentes, certificado que acredite más de un año de afiliación en la organización y acta donde la organización lo nomina como representante de ésta.
Sobre el proceso Ramón Bahamonde alcalde de Puerto Varas comentó “el Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil es obligación de la comunidad. A nosotros nos impone la Ley por responsabilidad administrativa ponernos al servicio de este organismo, pero esta es voluntad de la comunidad y con ello dejar muy en claro que si esto ha fracasado es por quienes son los invitados y convocantes a la organización. Así también decirlo claramente hay muchas autoridades locales, específicamente concejales que quieren sacar partido de esta situación respecto a responsabilidades de la Municipalidad y no tenemos absolutamente ninguna responsabilidad”.
Así mismo Bahamonde agregó “nosotros tenemos la tremenda voluntad de que la gente es el mejor agente de las inquietudes y necesidades de nuestra comuna. Es por ello, que nosotros sabemos escuchar, sabemos de los intereses de nuestra comunidad, sabemos y entendemos que somos representantes de ustedes y es por ello que cualquier sumatoria a ver un mundo de futuro y mejoramiento de la calidad de vida de los nuestros, indudablemente que lo vamos a aceptar con la más amplia de nuestras sonrisas y cariño y no como algunos quieren intervenirlo en el sentido que la Municipalidad y esta administración, está poniendo algún tipo de inconveniente cuando es absolutamente lo contrario”.