Que la falta de tiempo no sea una excusa. En los fines de semana también se puede solicitar la Pensión Garantizada Universal (PGU). Tienes que ingresar a www.chileatiende.cly solicitarla con tu ClaveÚnica.

 16.11.2022
Por Seremi del Trabajo

La falta de tiempo siempre es un factor que a todos nos juega en contra a la hora de realizar trámites personales. Afortunadamente, no es un problema a la hora de solicitar la Pensión Garantizada Universal, porque en los fines de semana también puedes hacerlo. Ingresando al sitio www.chileatiende.cl.

Muchas personas de 65 años y más que cumplen los requisitos y cuentan con su ClaveÚnica, han hecho la solicitud vía Internet. Viendo incrementada su Pensión Base con este beneficio que asciende hasta un monto máximo de $193.917.

“La Pensión Garantizada Universal es una ayuda que entrega el Estado a través del IPS. Cuyo monto máximo es de $193.917. Cifra que será percibida en su totalidad por quienes tengan una pensión base menor a $660.366. Siempre que cumplan con los demás requisitos legales. La PGU se puede solicitar en línea a través del portal www.chileatiende.cl. Con la ClaveÚnica o presencialmente en sucursales ChileAtiende del IPS”, explicó Ángel Cabrera, seremi del Trabajo y Previsión Social.

Cómo hacer la solicitud de la Pensión Garantizada Universal

1.- En línea, por el sitio www.chileatiende.cl, con la ClaveÚnica.

2.- En sucursales ChileAtiende del Instituto de Previsión Social, IPS.

3.- Municipalidades.

4.- AFP o compañías de seguros, si está afiliado a una de esas entidades.

Principales requisitos

1.- Tener 65 o más años.

2.- No integrar un grupo familiar perteneciente al 10 % más rico de la población de 65 o más años. Esto se analiza después de ingresada la solicitud y no corresponde al mismo porcentaje del Registro Social de Hogares.

3.- Acreditar residencia en Chile por 20 años continuos o discontinuos, desde los 20 años de edad. También al menos cuatro años, de los últimos cinco anteriores a la solicitud del beneficio.

4.- Contar con una pensión base calculada menor a $1.048.200 (monto de la pensión superior). Según la forma de cálculo definida en la normativa.

A las personas afiliadas o pensionadas de Dipreca y Capredena no les corresponde este beneficio. Los requisitos más detallados se pueden consultar en www.chileatiende.cl.