En Chile los trabajadores se encuentran facultados para solicitar y hacer uso por una sola vez de los 15 días hábiles de vacaciones. Para ejercer el Derecho a Feriado el trabajador debe tener cumplido más de 1 año de servicio. Dalmiro Yañez, seremi del Trabajo y Previsión Social (s) región de Los Lagos, explicó que este derecho es “con remuneración íntegra que se otorgará de acuerdo con las formalidades que establezca el reglamento. Por su parte, el artículo N° 70 del mismo Código, establece que este feriado anual deberá ser continuo, pero el exceso sobre 10 días hábiles se puede fraccionar de común acuerdo”. Ariane Dekock, académica de la Escuela de Enfermería de la Universidad de los Andes, explicó que “para el cerebro es muy difícil reducir este nivel de actividad de un día para otro. Por ello tomarse al menos dos semanas es necesario para lograr un descanso reponedor”.
02.02.2022
Por Francisca Vargas
El artículo N° 67 del Código del Trabajo dispone que los trabajadores con más de un año de servicio tendrán derecho a un feriado anual (vacaciones) de quince días hábiles. Con derecho a remuneración íntegra que se otorgará de acuerdo con las formalidades que establezca el reglamento. Por su parte, el artículo N° 70 del mismo Código establece que este feriado anual deberá ser continuo, pero el exceso sobre diez días hábiles se puede fraccionar de común acuerdo.
Dalmiro Yañez, seremi del Trabajo y Previsión Social (s) de la región de Los Lagos, expuso que “en relación a las vacaciones, la Dirección del Trabajo ha sostenido que constituye un derecho cuyo otorgamiento no está sujeto a condición alguna. Bastando que el trabajador cumpla el requisito de antigüedad que para tal efecto exige la ley. De esta forma, el trabajador se encuentra facultado para solicitar que su empleador le otorgue de una sola vez los 15 días hábiles, que por tal concepto establece la ley. Salvo que se haya pactado el fraccionamiento del beneficio en los términos establecidos en el inciso N° 1 del artículo N°70 del Código del Trabajo”.
El trabajador debe solicitar su feriado anual de la forma prevista en el reglamento número N°969 de 1933, actualmente vigente. Esto es, por escrito y con un mes de anticipación a lo menos. Para que el empleador determine la fecha en que lo concederá. De lo cual dejará testimonio en un duplicado de dicha solicitud. La que quedará en poder del trabajador.
“Los trabajadores que tengan dudas o reclamos respecto al uso de sus días de vacaciones pueden acudir a las oficinas de la Dirección del Trabajo. También hacer su consulta a través de la página web”, comentó Dalmiro Yañez.
En relación a las vacaciones la Dirección del Trabajo sostuvo que constituye un derecho cuyo otorgamiento no está sujeto a condición alguna. Bastando que el trabajador cumpla el requisito de antigüedad que para tal efecto exige la ley.
Desconectarse del trabajo
Ariane Dekock, académica de la Escuela de Enfermería de la Universidad de los Andes, explicó que “muchas personas están sometidas a un alto nivel de estrés durante el año. Por el trabajo y el ritmo del día, y para el cerebro es muy difícil reducir este nivel de actividad de un día para otro. Por ello, tomarse al menos dos semanas es necesario para lograr un descanso reponedor. Ideal tres semanas”.
Los períodos de descanso y desconexión son necesarios para todas las personas. No respetarlos puede generar problemas para la salud. Tanto mental como física. No descansar o no desconectar puede traer una serie de consecuencias. Por ejemplo, se puede ver afectado el sistema inmune, disminuyendo las defensas del organismo.
La especialista de la Universidad de Los Andes recordó que “el estrés constante puede afectar a nuestra salud mental y provocar distintos problemas o enfermedades. Como ansiedad, depresión, angustia y crisis de pánico, entre otros”.